SAdiós Cofece: nace la Comisión Nacional Antimonopolio con multas al doble
publicadocategoríaActualidad legallectura4 MIN

Adiós Cofece: nace la Comisión Nacional Antimonopolio con multas al doble

La reforma publicada en julio de 2025 extingue la Cofece y crea la CNA, adscrita a la Secretaría de Economía, con sanciones que en promedio duplican las anteriores.

Actualizado el 16 de agosto de 2026

El 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal de Competencia Económica. El cambio institucional es de fondo: se extingue la Comisión Federal de Competencia Económica y se crea la Comisión Nacional Antimonopolio.

Qué cambia institucionalmente

La Cofece era un órgano constitucional autónomo. La CNA es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Economía.

Es la diferencia que más discusión ha generado, porque cambia la relación entre la autoridad de competencia y el Ejecutivo.

La transición no es inmediata

La CNA entra en funciones cuando se designen los cinco comisionados que integrarán su pleno. Mientras tanto, la Cofece continúa operando conforme al marco jurídico previo.

Para una empresa con un asunto en curso, eso significa que la autoridad y el marco aplicable dependen del momento procesal. Conviene verificarlo caso por caso y no asumir.

Sanciones más severas

El cambio con impacto directo en el análisis de riesgo: las sanciones contempladas son, en promedio, del orden del doble de las anteriores.

En materia de competencia las multas se calculan sobre ingresos, así que duplicar el parámetro no es un ajuste menor: cambia la magnitud de la exposición para cualquier empresa con participación relevante en su mercado.

A quién le afecta y cómo

Prácticas monopólicas absolutas —acuerdos entre competidores para fijar precios, restringir oferta, dividir mercados o coordinar posturas en licitaciones— siguen siendo lo más grave y ahora con exposición mayor. Aplica a cualquier empresa, de cualquier tamaño.

Prácticas monopólicas relativas requieren poder sustancial en el mercado relevante.

Concentraciones: fusiones y adquisiciones que superen los umbrales deben notificarse. Cerrar sin notificar cuando había obligación es de las infracciones más costosas, y ahora más.

Qué hacer

  1. Revisa si tienes programa de cumplimiento en competencia. Muchas empresas medianas no lo tienen y participan en asociaciones sectoriales donde se comparte información sensible — que es donde nacen buena parte de los problemas.
  2. Capacita a comercial. Los acuerdos problemáticos rara vez se firman: se conversan en reuniones de industria.
  3. Verifica umbrales antes de cerrar una operación. Si tu M&A puede requerir notificación, es una condición de cierre, no un trámite posterior.
  4. Da seguimiento a la transición. El marco aplicable a tu asunto depende del momento.

Fuentes

FAQ

Preguntas frecuentes

Temas relacionados

#Competencia económica#Cofece#Antimonopolio#Regulación

Autor

Equipo editorial del despacho

Hyperion Derecho y Negocios

Contenido preparado y revisado por el equipo del despacho. Las guías se escriben a partir de asuntos que hemos llevado y se actualizan cuando cambia la norma que las sustenta.

¿Te fue útil? Compártelo

Sigue leyendo

Artículos relacionados

Ver todos

Consultoría gratuita

¿Esto te aplica y no sabes si cumples?

Revisamos tu situación frente a la norma y te decimos qué falta, con qué prioridad y qué riesgo tiene cada hueco.

Solicitar revisión